Alexander Ríos
Por el cual el Gobierno Nacional, en ejercicio de sus facultades
constitucionales decreta que:
Las personas cuyo número de cédula termine en 1 y 2, no podrán salir a la
calle el día lunes.
Las personas cuyo número de cédula termine en 3 y 4, no podrán salir a la
calle el día martes.
Las personas cuyo número de cédula termine en 5 y 6, no podrán salir a la
calle el día miércoles.
Las personas cuyo número de cédula termine en 7 y 8, no podrán salir a la
calle el día jueves.
Las personas cuyo número de cédula termine en 9 y 0, no podrán salir a la
calle el día viernes.
Comuníquese y cúmplase.
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